Peticion De Inmigrante I-130

¿Cuál es el propósito del Formulario I-130 de USCIS?

El Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, es la petición de inmigrante que permite a los ciudadanos estadounidenses y titulares de Green Card patrocinar a sus familiares inmediatos y obtenerles Green Cards de EE. UU.

¿Quién puede presentar el Formulario I-130?

Cualquier ciudadano estadounidense o residente permanente puede presentar el Formulario I-130, para patrocinar a sus familiares.

¿Para quién puede presentar un ciudadano estadounidense el Formulario I-130?

Un ciudadano estadounidense puede presentar el Formulario I-130 para su cónyuge, hijos, padres y hermanos. Para presentar una petición de inmigrante para un hermano/hermana o un padre, el patrocinador ciudadano estadounidense debe tener más de 21 años.

¿Para quién puede presentar un residente permanente legal el Formulario I-130?

Los residentes permanentes pueden presentar este formulario para obtener tarjetas verdes estadounidenses para sus cónyuges e hijos. Los residentes permanentes no pueden patrocinar a sus padres y hermanos para obtener el estatus de residente permanente.

¿Cuántas peticiones I-130 puedo presentar?

Puede presentar peticiones para los miembros de la familia que desea patrocinar. Puede patrocinar a todos sus familiares elegibles, siempre que cumpla con los requisitos financieros.

¿Dónde puedo obtener el Formulario I-130?

Puede descargar este formulario del sitio web de USCIS u obtenerlo en las oficinas locales de USCIS. También puede completar el Formulario I-130 en línea.

¿Cuánto cuestan las tarifas de presentación del Formulario I-130?

El Formulario I-130 tiene una tarifa de presentación de $535.

¿Cómo pago las tarifas de la petición de inmigrante, Formulario I-130?

Puede pagar la tarifa a través de un giro postal o un cheque. Recuerde que el USCIS no aceptará dinero en efectivo. Debe enviar por correo la petición de inmigrante, los documentos de respaldo y la tarifa de presentación del formulario juntos, en un solo paquete.

¿Cuál es el tiempo de procesamiento del Formulario I-130?

Los tiempos de procesamiento de USCIS varían y los tiempos de procesamiento para ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes son diferentes. USCIS adjudicará las solicitudes presentadas por ciudadanos estadounidenses en nombre de sus cónyuges y parientes inmediatos dentro de un año. Pero los cónyuges de los titulares de la Tarjeta Verde y otros familiares de ciudadanos estadounidenses tendrán que esperar años para que se aprueben sus peticiones.

¿Cuál es el proceso de presentación del Formulario I-130?

Los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes deben completar el Formulario I-130 y enviarlo por correo junto con todos los documentos de respaldo requeridos a la oficina respectiva de USCIS en los Estados Unidos. Si el beneficiario se encuentra en los Estados Unidos, puede solicitar el ajuste de estatus presentando el Formulario I-485 y convirtiéndose en residente permanente. Si el beneficiario se encuentra en el extranjero, deberá realizar el trámite consular.

¿Puedo presentar el Formulario I-130 mientras estoy en el extranjero?

Puede presentar el Formulario I-130 mientras se encuentra en un país extranjero. Puede presentarlo a través de una embajada o consulado de EE. UU. en el extranjero.

¿Por qué el patrocinador debe presentar el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio, junto con el Formulario I-130?

Los ciudadanos estadounidenses y los titulares de la Tarjeta Verde que presenten solicitudes de inmigración para sus familiares deben presentar el Formulario I-864 junto con el Formulario I-130. Además de patrocinar al beneficiario para una Tarjeta Verde, el patrocinador debe patrocinar financieramente al beneficiario. Una declaración jurada de apoyo es un contrato legalmente vinculante y, al firmar este formulario, le promete al gobierno de los EE. UU. que el inmigrante que está patrocinando no se convertirá en una carga pública.

¿Qué formulario de declaración jurada de respaldo debe acompañar al Formulario I-130?

Debe presentar el Formulario I-864, Declaración Jurada de Apoyo, junto con el Formulario I-130.

¿Se denegará mi petición si olvido incluir algunos documentos de respaldo?

Su petición no será denegada, en este caso, será retrasada. Si los documentos de respaldo son insuficientes, USCIS le enviará una Solicitud de Evidencia, solicitando documentos de respaldo adicionales. A continuación, puede enviar copias de los documentos requeridos.

¿La aprobación del Formulario I-130 significa que mi familiar es residente permanente?

No. La aprobación del Formulario I-130 significa que su familiar puede pasar al siguiente paso y solicitar una visa de inmigrante o un ajuste de estatus. Su familiar puede solicitar una visa de inmigrante si está en el extranjero o un ajuste de estatus si está en los Estados Unidos, seguido de la aprobación de la petición de inmigrante presentada por usted.

¿Se requerirá que mi pariente se presente a una entrevista?

Sí. Su pariente será entrevistado por un oficial consular en el extranjero mientras solicita una visa de inmigrante o por un oficial de USCIS mientras solicita un ajuste de estatus. Antes de obtener una Tarjeta Verde, su pariente será entrevistado, en un momento u otro.

¿Tengo que presentarme a la entrevista con mi familiar?

Si su pariente está en el extranjero y si él o ella está pasando por un proceso consular, no es necesario que esté presente con su pariente para la entrevista. Pero debe estar presente con el beneficiario si su pariente está en Estados Unidos y está solicitando un ajuste de estatus.

¿Mi pariente obtendrá una tarjeta verde poco después de la entrevista?

No. No se emitirá una tarjeta verde de inmediato. Si su familiar está en el extranjero, se le otorgará una visa de inmigrante. Con esa visa, su familiar puede viajar a los Estados Unidos y luego obtener una Tarjeta Verde. Si su familiar está en Estados Unidos, después de la aprobación de los formularios I-130 e I-485 y después de la entrevista, puede obtener su pase